La Corte Nacional de Justicia (CNJ) emitió su resolución el lunes 2 de septiembre de 2024 sobre el pedio de Ángel Lindao, exjuez sentenciado en el caso Metástasis.
Ángel Lindao, exmagistrado de La Concordia, fue condenado a 40 meses de prisión por delincuencia organizada, tras reconocer su falta y acogerse al procedimiento abreviado.
Dentro del caso Metástasis, Lindao recibió un pago de 50 000 dólares para favorecer la devolución de una propiedad incautada perteneciente al narcotraficante Leandro Norero.
Actualmente, el exjuez cumple su condena en la cárcel de Cotopaxi y sufrió una lesión el 1 de agosto que resultó en una operación de rodilla y la presentación de un habeas corpus.
El principal argumento es que la cárcel no brinda las condiciones necesarias para su recuperación postoperatoria.
En la audiencia de este lunes, los abogados defensores de Lindao solicitaron que permanezca hospitalizado fuera de prisión, desmintiendo la petición de arresto domiciliario o libertad.
Se argumentaron omisiones por parte del Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI) a pesar de las recomendaciones del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) para su cuidado y rehabilitación.
La defensa señaló tratos crueles, afectaciones físicas y psicológicas, así como la vulneración de sus derechos a la integridad física y a la salud.
En respuesta, el representante de la cárcel de Cotopaxi pidió rechazar el habeas corpus, respaldándose en informes que indican la ausencia de afectaciones significativas en la salud del reo.
Ángel Lindao afirmó que su proceso de rehabilitación ha sido interrumpido y exigió acceso a un centro de salud permanente o permanecer en casa durante este tiempo, sin equivaler a arresto domiciliario.
El tribunal de la CNJ que conoció el caso estuvo integrado por los jueces Rita Bravo, David Jacho y Adrián Rojas, dictaminando a favor parcialmente del pedido de Lindao.
La jueza ponente Rita Bravo destacó la violación al derecho a la salud de Lindao después de su lesión, determinando que la cárcel de Cotopaxi no ha cumplido adecuadamente con las indicaciones médicas.
Por consiguiente, se ordenó que se cumpla con el plan de terapias de rehabilitación del IESS y se garantice el seguimiento correspondiente a fin de resguardar la integridad física del condenado.