Las personas con discapacidad ya pueden solicitar montos más altos por devolución del impuesto al valor agregado (IVA). Desde este 1 de mayo del 2024, el tope máximo de devolución es de 138 dólares, 30 dólares más que el mes anterior. Esto es posible por el aumento de la tarifa del tributo del 12% al 15%.
Este beneficio es para todas las personas con discapacidad, que posean el certificado del Ministerio de Salud Pública y que tengan una afectación mayor o igual al 30%. Además, deben residir en el Ecuador, al momento de pagar el IVA en la compra.
Además, tienen derecho a este beneficio los sustitutos de las personas con discapacidad, que se hayan registrado en el Ministerio de Trabajo o que sean sustitutos por solidaridad y que se hayan registrado en el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).
La devolución del IVA se aplicará de manera proporcional de acuerdo al grado de discapacidad del beneficiario, conforme a la siguiente tabla:
Las personas con derecho a esta devolución pueden solicitarla desde el momento en el cual hayan realizado el pago del IVA por sus compras de bienes y servicios, de primera necesidad.
Recuerde que puede solicitar la devolución hasta cinco años transcurridos desde la fecha de emisión del comprobante de venta.
La solicitud puede hacerse de forma virtual o presencial.
En el caso que una persona adulta mayor haya recibido facturas electrónicas a su nombre debe hacerlo exclusivamente por este medio.
La devolución de todas las facturas físicas debe solicitarlas de manera presencial en las ventanillas de las agencias del Servicio de Rentas Internas a escala nacional.
La acreditación de valores se realiza a una cuenta bancaria personal del beneficiario, previamente registrada. Esta acreditación se efectuará conforme disponibilidad del fondo dispuesto para el efecto por el Ministerio de Economía y Finanzas, señala el SRI.