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27-06-2024 15:16

Controversia en Ecuador por la utilización del confinamiento en hogares

Las fuerzas de seguridad evalúan la implementación de esta medida en todo el territorio

Imagen representativa del control de personas bajo confinamiento domiciliario por la Policía Nacional

"Es necesario que la justicia haga valer sus principios de manera equitativa y justa". Estas fueron las expresiones del ministro de Defensa, Gian Carlo Loffredo, en una declaración realizada el 24 de junio de 2024.

El titular de Defensa de Ecuador ha mostrado su desacuerdo con ciertas decisiones judiciales que han permitido la liberación de individuos involucrados en delitos graves, a pesar de los esfuerzos de las fuerzas del orden por llevar a cabo sus detenciones, recurriendo así en ciertas ocasiones al confinamiento en hogares.

Antecedentes y ejecución del confinamiento en hogares

Uno de los hechos que ha causado controversia fue el caso de un juez en Cotacachi que decidió liberar a cinco individuos detenidos en posesión de sustancias ilícitas y armas, supuestamente vinculados a la organización delictiva Los Tiguerones.

Paralelamente, se han concedido confinamientos domiciliarios a personas implicadas en delitos como tráfico de drogas, actos violentos y abusos, entre otras infracciones.

Según información policial, en el Distrito Metropolitano de Quito, 78 agentes están a cargo de supervisar a individuos bajo confinamiento en hogares, mientras que a nivel nacional, 332 personas están en esta situación, siendo la provincia de Guayas la que presenta un mayor número de casos con 111 personas.

Procedimiento y regulación del confinamiento en hogares

La Policía de Quito ha explicado que los agentes requieren la debida autorización de la autoridad competente y realizan inspecciones en los domicilios para evaluar el grado de riesgo. Posteriormente, se asigna el personal policial para llevar a cabo la vigilancia, siendo aproximadamente 900 uniformados a nivel nacional.

El confinamiento en hogares está contemplado en el artículo 522 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) como una medida cautelar con el propósito de asegurar la comparecencia del procesado en las actuaciones judiciales y prevenir interferencias en la investigación.

Limitaciones y desafíos en la implementación

Quienes se encuentran bajo confinamiento en hogares no pueden abandonar su residencia sin la respectiva autorización judicial, debiendo solicitar permisos acompañados por la Policía en situaciones como visitas médicas. La decisión de aplicar esta medida queda a discreción del juez, pudiendo ser solicitada por la defensa en lugar de la prisión preventiva.

El COIP establece el confinamiento en hogares para casos particulares como mujeres embarazadas, personas con enfermedades críticas, individuos con discapacidades, miembros de las fuerzas armadas y policías. No obstante, según María del Mar Gallegos, experta en Derecho Procesal Penal en Ecuador, la ejecución de esta medida no se da de forma equitativa para todos, lo que conlleva situaciones anómalas y corrupción en el sistema judicial.