Desde la última semana de agosto del año 2024, la AMT de Quito pondrá en marcha nuevamente los controles de velocidad con sanciones en diferentes puntos de la ciudad, según fuentes oficiales.
Además, se informará detalladamente sobre los lugares, fechas y horarios en los que se llevarán a cabo dichos controles dentro del perímetro urbano de Quito.
En áreas urbanas de Quito, la velocidad máxima permitida para vehículos livianos, motocicletas y otros similares es de 50 km/h. Aquellos conductores que excedan este límite estarán sujetos a las multas estipuladas por la normativa vigente.
El plan de control constará de semanas de concienciación, campañas educativas y operativos informativos sin aplicar sanciones, seguido de semanas con controles y posibles multas, dependiendo del tipo de vehículo.
Ante cualquier infracción, los agentes de tránsito brindarán al conductor información detallada sobre la falta cometida y las consecuentes sanciones. Se garantizará el respeto absoluto de sus derechos constitucionales antes de proceder según lo establecido por la legislación vigente.
Según lo dispuesto en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), las sanciones podrían implicar multas monetarias, pena de prisión por días determinados y la pérdida de puntos en la licencia de conducción.