El presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, ha promulgado recientemente el reglamento asociado a la Ley de Identidad y Datos Civiles, facilitando así la modificación de género sin requerir testigos.
En febrero de 2016 se promulgó la Ley de Identidad y Datos Civiles en Ecuador, permitiendo a los ciudadanos cambiar el campo de sexo por el de género en su cédula de identidad, de forma autodeterminada y una única vez al alcanzar la mayoría de edad.
El reglamento actualizado por el presidente Noboa incluye los procedimientos referentes a la rectificación del sexo o género en la cédula de identidad, brindando la posibilidad de llevar a cabo dicha modificación de forma presencial o a través de un tercero debidamente autorizado.
Desde 2016 hasta mayo de 2024, el Registro Civil ha registrado un total de 2,172 cambios de género en las cédulas, destacando la provincia de Manabí por las gestiones realizadas durante este lapso, aunque Guayas lidera en el número total de trámites con 917.
Para requerir la modificación de género en la cédula de identidad, es indispensable ser mayor de edad y presentar el respectivo documento de identidad, cumpliendo con una serie de pasos en las oficinas de cedulación a nivel nacional. Este servicio es gratuito, con un costo de emisión de la cédula actualizada de 16 dólares.
Desde septiembre de 2022, el Registro Civil ofrece la opción de modificar el sexo en la cédula, conservando el campo pero cambiándolo de hombre a mujer, o viceversa. Guayas concentra un mayor número de solicitudes, con un total de 312 registros desde la implementación de este servicio.
Para acceder a esta modalidad de modificación, es imprescindible dirigirse a las agencias de cedulación de manera nacional, donde se deberá completar la solicitud correspondiente y abonar la tarifa establecida, siendo el costo por renovación de la cédula de 16 dólares.