Una reforma a la normativa legal ha sido aprobada por la Asamblea Nacional de Ecuador con el fin de reforzar el sistema judicial y aplicar medidas más estrictas en determinados delitos. Dichas modificaciones, que entraron en vigor el 8 de julio de 2024, impactan directamente en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y en la Ley de Extinción de Dominio.
Frente a los resultados obtenidos en la consulta popular de abril de 2024, se evidencia un claro interés por parte de las autoridades legislativas en dar respuesta a las demandas de la ciudadanía en materia de seguridad y legalidad. El presidente Daniel Noboa había propuesto estas reformas el 13 de mayo, siendo aprobadas por la Asamblea antes del plazo límite establecido el 12 de julio. Ahora, corresponde al Ejecutivo ratificar o vetar estas medidas en un lapso de 30 días.
Tras un minucioso análisis por parte de la comisión correspondiente, se ha dado luz verde al incremento de penas para ciertos delitos, con especial foco en la seguridad ciudadana y el reforzamiento de la aplicación de la justicia. Cabe mencionar que se ha determinado la entrega de armamento incautado a las fuerzas de seguridad nacionales, procurando así garantizar la protección y el resguardo del orden público.
Estas enmiendas abarcan un total de 24 artículos, junto a disposiciones transitorias y derogatorias, constituyendo un paso significativo en el abordaje de la inseguridad en el país, al mismo tiempo que fortalecen los principios democráticos y la participación activa de la sociedad.
Las reformas actuales eliminan la necesidad de una condena judicial previa para iniciar investigaciones y procedimientos de extinción de dominio. Asimismo, se establece un plazo máximo de 30 días para la fase preliminar de indagación, permitiendo a la Fiscalía General del Estado segmentar los bienes relacionados con actividades ilícitas con mayor agilidad y eficiencia.
Con un contundente aval de 132 votos a favor, incluyendo el respaldo de diversas corrientes políticas, las modificaciones quedaron refrendadas de forma unánime, pese a las solicitudes de ajustes planteadas durante las discusiones. Es de resaltar la actualización en las penas para delitos vinculados a la explotación minera ilegal y su conexión con organizaciones criminales, que ahora contemplan sanciones de 16 a 26 años de prisión.