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17-07-2024 17:37

Beneficio adicional para trabajadores en Sierra y Amazonía de Ecuador

Una gratificación especial se otorga a los trabajadores en la Sierra y la Amazonía de Ecuador, coincidiendo con el inicio del ciclo escolar.

Décimo cuarto sueldo

En las zonas de la Sierra y la Amazonía de Ecuador, se espera que los empleados reciban un pago adicional conocido como bono escolar, también llamado décimo cuarto sueldo. Las empresas y organizaciones públicas deben cumplir con la fecha límite para efectuar esta remuneración.

El décimo cuarto sueldo representa un ingreso extra al sueldo base para todos los empleados sujetos a un contrato laboral. Este importe, equivalente al salario básico unificado de 460 dólares para el año en curso, es un apoyo para el inicio del nuevo periodo académico.

El desembolso de este beneficio se realiza al principio del año escolar, programado para el 2 de septiembre de 2024 en las regiones mencionadas. Aquellos trabajadores que prefirieron acumular este pago deben recibirlo antes del 15 de agosto. Por otra parte, quienes optaron por recibirlo de forma mensual, han percibido un incremento de 38 dólares en su salario cada mes.

Este bono está protegido por el artículo 113 del Código de Trabajo y constituye parte de los privilegios laborales en Ecuador. Es importante destacar que en otras zonas del país, como la Costa y Galápagos, esta bonificación se liquida en abril de cada año.

Procedimiento de cálculo para el décimo cuarto sueldo

Un empleado que ha trabajado el año completo recibirá la suma total de 460 dólares como décimo cuarto sueldo en el 2024. En caso de no haber laborado los 12 meses, el monto será proporcional al tiempo efectivo de trabajo.

Para calcular la cantidad a recibir, se divide el monto completo de 460 dólares entre los 12 meses, resultando en un valor de 38 dólares mensuales. Esta cifra se multiplica por el número de meses trabajados para determinar el monto final a percibir.

Si hay una demora en el pago del décimo cuarto sueldo, los empleadores pueden enfrentar sanciones que van desde tres hasta 20 salarios mínimos unificados, según lo establecido por el Director Regional de Trabajo.