Reciente pronunciamiento de la Corte Constitucional otorga protección a los conductores de aplicaciones digitales sin temor a sanciones.
La resolución, emitida el 22 de agosto de 2024, invalida un artículo del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que penalizaba esta labor. Con esta determinación, los más de 40,000 conductores de aplicaciones digitales en Ecuador podrán ejercer su actividad sin riesgo de multas o repercusiones legales.
La Corte Constitucional insta a la Asamblea Nacional a establecer un marco normativo que regule esta actividad, asegurando que es fundamental contar con una regulación previa antes de aplicar sanciones a los conductores.
Es importante destacar que esta medida no implica la legalización de las aplicaciones digitales de transporte de pasajeros en el país, sino que suspenderá las sanciones hasta que se haya definido una regulación al respecto.
La Asociación de Conductores de Aplicaciones del Ecuador (Asoconappe) ha celebrado la decisión de la Corte Constitucional, resaltando que esta sentencia establece un precedente positivo para una actividad que realizan diariamente en beneficio de un transporte seguro y eficiente.
Tras el fallo, la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) y otras entidades responsables de la movilidad en el país tendrán un período de 15 días para informar a sus agentes sobre esta resolución.
Desde #ASOCONAPPE expresamos nuestro agradecimiento a @DuriniGuerrero por su dedicación en favor de los conductores de aplicaciones de #Ecuador. Esta medida sienta un precedente significativo para una actividad legal que desempeñamos a diario en pro de un servicio de calidad, seguro y regulado. Ver tweet original
— ASOCONAPPE (@asoconappe) 11 de septiembre de 2024